Ayudas de movilidad predoctoral internacional 2025

Convocatorias
11/06/2025
Ayudas de movilidad predoctoral internacional 2025
11/06/2025
30/06/2025
Gobierno de Navarra
Movilidad
Nacional
11/06/2025
Añadir al calendario 2025-06-11 02:00:00 2025-06-30 02:00:00 Ayudas de movilidad predoctoral internacional 2025 Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas complementarias para promover la movilidad internacional de estudiantes de doctorado beneficiarios de una ayuda predoctoral, con el propósito de reforzar su programa formativo e impulsar el desarrollo de su tesis. También pretende favorecer la internacionalización de la investigación desarrollada por investigadores y universidades navarras. Location Navarrabiomed info@navarrabiomed Europe/Madrid public

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas complementarias para promover la movilidad internacional de estudiantes de doctorado beneficiarios de una ayuda predoctoral, con el propósito de reforzar su programa formativo e impulsar el desarrollo de su tesis. También pretende favorecer la internacionalización de la investigación desarrollada por investigadores y universidades navarras.

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:

1. Ser beneficiaria de una ayuda para la realización de la tesis doctoral del Gobierno de Navarra, actualmente en vigor o alternativamente, cursar el doctorado en una universidad navarra, (en un campus universitario radicado en Navarra) y ser beneficiaria de una ayuda predoctoral en forma de contrato concedida por cualquier entidad pública o privada. La vigencia de la ayuda predoctoral deberá cubrir todo el período de duración de la estancia solicitada.

2. Haber completado al menos 6 meses del periodo de estudios en el programa de doctorado en el que se encuentren matriculados. Excepcionalmente podrán admitirse las solicitudes que no habiendo completado dicho período, siempre que se aporte informe del director de la tesis justificando expresamente la idoneidad de realización de la estancia de acuerdo con la planificación aprobada para la realización de la tesis doctoral.

3. Estar aceptada por el centro receptor para la realización de la estancia, que necesariamente deberá comenzar en el año 2025.

4. Tener un informe favorable del centro de adscripción de la ayuda predoctoral para la concesión de la ayuda.

5. No haber recibido con anterioridad ayudas de movilidad predoctoral de una duración tal que, sumada a la solicitada en la actual convocatoria, supere los 12 meses.

6. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas las personas que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

1. El plazo de presentación de solicitudes, será de 20 días a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

2. De acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los participantes en este proceso estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos en todos aquellos trámites del procedimiento administrativo derivado de la presente convocatoria. Será obligatorio proporcionar un correo electrónico de aviso para las notificaciones, incluyéndolo en el formulario de solicitud.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática cumplimentando el formulario disponible en la ficha de las ayudas.

Dicho Formulario telemático de solicitud, incluye la declaración de que el solicitante cumple lo establecido en el artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones de la Comunidad Foral de Navarra, y una autorización para que el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital compruebe que el mismo se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que el solicitante se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

3. Junto al formulario debidamente cumplimentado se presentará en archivos separados y debidamente identificados con su nombre, a través de la ficha de las ayudas, la siguiente documentación:

A.–Documentación de carácter administrativo.

A1) Acreditación de la aceptación del centro receptor para la realización de la estancia.

A2) Informe favorable del centro de adscripción de la ayuda predoctoral de la persona solicitante para la realización de la estancia. En el informe se expresará el compromiso de cumplir las obligaciones reguladas en esta convocatoria, en particular la asunción de la condición de entidad colaboradora a los efectos dispuestos en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

A3) Los solicitantes que no sean beneficiarios de ayuda predoctoral del Gobierno de Navarra, deberán aportar además resguardo de matrícula en el programa de doctorado y documentación acreditativa de ser beneficiarios de una ayuda predoctoral.

B.–Documentación necesaria para la correcta puntuación de las solicitudes.

B1) Memoria justificativa (con una extensión máxima de 1.000 palabras), de la estancia a realizar, que deberá contener los elementos necesarios para la correcta puntuación de la misma según lo establecido en la base 10. De manera particular deberá contener el objeto de la estancia, plan de trabajo, información sobre el investigador, equipo y centro receptor. La memoria deberá contar con un informe y visto bueno de la persona tutora de su investigación o directora de la tesis sobre la conveniencia de la estancia para la formación del becario, idoneidad del centro de destino seleccionado y del plan de trabajo a realizar. También deberá señalarse expresamente si la estancia o traslado se realiza en el marco de un programa de doctorado o un proyecto de investigación conjunto entre la universidad de adscripción y el centro de destino.

B2) Informe de estado actual de la tesis, en el que sucintamente se señalará el grado de cumplimiento de las tareas previstas, las desviaciones acaecidas y los resultados, (Publicaciones, comunicaciones etc.) obtenidos hasta el momento de la solicitud. Sólo se tendrán en cuenta los resultados alegados que estén debidamente justificados.

B3) Para la obtención de la puntuación establecida en la base 10.2.c, sobre Internacionalización del sistema universitario navarro, deberán cumplimentarse los apartados específicos del formulario telemático de solicitud y aportar en archivos separados la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones allí establecidas.

4. Los datos facilitados por los solicitantes pasarán a formar parte de un fichero propiedad del Gobierno de Navarra con el objetivo de resolver la concesión de la ayuda y posteriormente gestionarla de conformidad con lo que se expone en esta convocatoria. Esta gestión puede conllevar la cesión de determinados datos facilitados a terceras entidades del ámbito público o privado, ya sea porque la intervención de estas entidades en el transcurso del proceso de gestión de las ayudas puede ser necesaria o porque esta cesión esté contemplada en alguna norma con rango de ley. También es posible que se faciliten datos a otros órganos de la administración con competencia en materia de gestión de ayudas.