La presente resolución tiene como objeto aprobar la convocatoria para la concesión de financiación para la intensificación de la actividad investigadora en los centros de atención primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea durante el año 2025.
3.1. Los directores o directoras de centros de atención primaria pertenecientes al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea o la persona inmediatamente superior en caso de ausencia de esta figura podrán solicitar la intensificación de su personal.
3.2. Por su parte las personas candidatas a la intensificación, que tendrán la consideración de beneficiarias, deberán cumplir los siguientes requisitos:
–Tener actividad asistencial y mantener una vinculación funcionarial, estatutaria o contractual en la unidad orgánica en la que se ha solicitado desarrollar la intensificación durante el periodo comprendido entre el momento de la solicitud de la intensificación y la finalización de la actividad de intensificación.
–Ser investigador o investigadora principal de al menos un proyecto de investigación activo financiado en convocatoria pública o privada, con al menos 6 meses pendientes de ejecución en el momento de la solicitud.
–No haber obtenido una beca de intensificación del Departamento de Salud durante el presente o últimos 5 años.
6.1. La documentación normalizada para solicitar la intensificación con cargo a esta convocatoria estará disponible en el catálogo de trámites de la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.
6.2. La solicitud incluirá los siguientes documentos:
Documento 1. Solicitud firmada por el director o directora del centro de salud de atención primaria al que pertenece el o la profesional cuya actividad se pretenda intensificar en la que conste el nombre de la persona a intensificar y el visto bueno de la dirección gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a la que pertenezca el centro de salud.
Documento 2. Aceptación de ser la persona candidata a intensificar por el centro de salud solicitante, firmada por la persona cuya actividad se pretenda intensificar.
Documento 3. Copia del proyecto de investigación activo financiado en convocatoria pública o privada.
Documento 4. Documento acreditativo de la financiación recibida.
Documento 5. Cronograma del proyecto con detalle del tiempo pendiente de ejecución y de la actividad a desarrollar por el investigador o investigadora durante el periodo de intensificación.
Documento 6. Méritos curriculares de la persona cuya actividad se pretende intensificar según el formato aportado. Se presentarán los méritos valorables en la convocatoria en relación a los criterios de evaluación recogidos en el anexo II de forma ordenada, sistemática y completa. La justificación de cada mérito se realizará aportando copia del certificado oficial correspondiente. No se considerarán aquellos méritos que no estén adecuadamente justificados.
Documento 7. Compromiso de la persona intensificada de informar si se produce un cambio de centro de salud o de centro de trabajo o se pierde la vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea durante el periodo de intensificación concedido.
