La convocatoria de subvenciones para la promoción de proyectos de investigación por el Departamento de Salud tiene como objetivo promover la realización de proyectos en ciencias de la salud durante los años 2025, 2026 y 2027 con la finalidad de contribuir a la mejora de la salud de la población. Los proyectos de investigación podrán desarrollarse en el campo de la investigación clínica, de la salud pública y de los servicios sanitarios y sociosanitarios, así como estar orientados a la mejora de la salud o de los procesos y a las tecnologías de investigación biomédica.
- Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D+i, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia en el campo de la biomedicina o ciencias o tecnologías de la salud.
- Las universidades públicas, los institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Los proyectos de investigación que presenten las entidades beneficiarias tendrán que cumplir a fecha de publicación de la convocatoria los siguientes requisitos:
- No haber conseguido financiación o ayuda para el mismo fin en otra convocatoria.
- Desarrollarse en alguno de los campos establecidos en la base 1 de esta convocatoria.
- Tener una duración de dos o tres años, no siendo admisibles periodos intermedios.
- Designar un único investigador o investigadora principal, que será responsable de la ejecución científico-técnica del proyecto.
- La cantidad solicitada no podrá ser superior a la cuantía a financiar en función de la duración del proyecto, incluyendo los gastos de gestión que no podrán superar el 15% de la cuantía solicitada.
- No haber sido iniciado el proyecto objeto de la convocatoria con anterioridad a la fecha de publicación de esta resolución.
El equipo de investigación estará formado por un investigador o una investigadora principal y por un máximo de 9 investigadores colaboradores o investigadoras colaboradoras.
El investigador o investigadora principal deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) No figurar, en la fecha de la publicación de la convocatoria, en ningún proyecto activo financiado por el Departamento de Salud ni como investigador o investigadora principal ni como colaborador o colaboradora, entendiéndose que los proyectos dejan de estar activos cuando la Sección de Investigación e Innovación ha dado su conformidad a la justificación final, mediante el correspondiente informe.
b) Solicitar un único proyecto a esta convocatoria, si bien el mismo proyecto podrá presentarse a las modalidades A y B en los términos establecidos en la base 1.
c) Estar adscrito a uno de los siguientes centros en la fecha de la publicación de la convocatoria:
Modalidad A: estar adscrito/a a centros sanitarios de la red de utilización pública de Navarra, a las universidades radicadas en Navarra o a otras instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que se encuentren ubicadas en Navarra.
Modalidad B: estar adscrito/a al Departamento de Salud o a alguno de los organismos autónomos adscritos al mismo (Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea o Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra).
Modalidad C: estar adscrito/a al Departamento de Salud o a alguno de los organismos autónomos adscritos al mismo como personal de enfermería, trabajo social, fisioterapia o Terapia Ocupacional.
Modalidad D: estar adscrito/a a uno de los Equipos/Centros de Atención Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
d) Mantener una vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con los centros públicos o privados mencionados en el punto anterior durante al menos el periodo comprendido entre el momento de fin del plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria y el de la conformidad de la justificación final.
No obstante lo anterior, si con posterioridad a la notificación de la Resolución de concesión el o la investigadora principal pierde la vinculación, se entenderá cumplido el requisito si la entidad beneficiaria solicita un cambio de investigador/a principal o de centro.
En caso de cambiar de investigador o investigadora principal, el sustituido no podrá estar como investigador/a principal ni como colaborador/a en ningún proyecto activo financiado por el Departamento de Salud. Si cambia de centro, para mantener la subvención el nuevo centro deberá cumplir los requisitos establecidos en la base 2.
e) No estar realizando un programa de formación sanitaria especializada en el mismo periodo señalado en la letra d).
Presentando la documentación a través del portal web del Gobierno de Navarra habilitado.
