REDES DE INVESTIGACIÓN COOPERATIVA ORIENTADAS A RESULTADOS EN SALUD (RICORS) 2021

Deialdiak
06/04/2021
REDES DE INVESTIGACIÓN COOPERATIVA ORIENTADAS A RESULTADOS EN SALUD (RICORS) 2021
06/04/2021
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INSTITUTO DE SALUD CARLOS III
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Añadir al calendario 2021-04-06 02:00:00 2021-04-20 02:00:00 REDES DE INVESTIGACIÓN COOPERATIVA ORIENTADAS A RESULTADOS EN SALUD (RICORS) 2021 Ayudas para la creación y configuración de Redes de Investigación Cooperativa Orientada a Resultados en Salud (RICOR) en ámbitos de actuación específicos. Con esta actuación se pretende: Promover la investigación orientada a resultados en salud mediante la coordinación del tejido investigador en el ámbito del SNS en torno a un objetivo de investigación concreto y definido, de utilidad específica para el conjunto de la ciudadanía. Vertebrar la I+D+i entre grupos de investigación procedentes de diferentes Comunidades Autónomas orientando su actividad investigadora hacia objetivos comunes que permitan la obtención de resultados trasladables a la población.  La presente actuación se dirige a la configuración de RICORS constituidas por un conjunto de grupos de investigación que tienen un objetivo de investigación común, concreto y alcanzable en virtud de la cooperación planteada dentro del periodo establecido de duración de la actuación. Las RICORS tendrán la siguiente estructura: Una persona coordinadora de la RICORS. Una persona responsable de grupo, que actuará como investigador principal de cada grupo participante en la RICORS. Grupos de investigación. Definidos como conjunto de investigadores que trabajan bajo la dirección de una persona que actúa como investigador principal, publican conjuntamente en el ámbito temático al que aplican y actúan coordinados en el desarrollo y ejecución de los programas científicos que integran la RICORS. Cada RICORS tendrá que incluir grupos procedentes de un mínimo de diez Comunidades Autónomas diferentes. Grupo clínico asociado. Definido como grupo colaborador directamente relacionado con la actividad asistencial que sirva como facilitador de la actividad de transferencia de la investigación desarrollada en cada programa que conforme la red. Una comisión de dirección. Estará compuesta por un número de personas adecuados a la estructura de la red y de la que formarán parte la persona coordinadora de la red, y representantes de al menos el 50% de los grupos de investigación.  Un comité científico asesor externo, que asesorará e informará periódicamente sobre las actividades de la red.  Cada RICORS tendrá que incluir grupos procedentes de un mínimo de diez Comunidades Autónomas diferentes.  Los grupos de investigación deberán contar con un mínimo de cuatro personas investigadoras, incluida la persona que actúe como investigador principal, y los miembros del mismo deben ser o haber sido investigadores principales o colaboradores de proyectos de investigación del Plan Estatal de I+D+I y/o internacionales en concurrencia competitiva en los últimos cinco años. Los programas se podrán vincular empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.      Location Navarrabiomed info@navarrabiomed Europe/Madrid public

Ayudas para la creación y configuración de Redes de Investigación Cooperativa Orientada a Resultados en Salud (RICOR) en ámbitos de actuación específicos.
Con esta actuación se pretende:

  • Promover la investigación orientada a resultados en salud mediante la coordinación del tejido investigador en el ámbito del SNS en torno a un objetivo de investigación concreto y definido, de utilidad específica para el conjunto de la ciudadanía.
  • Vertebrar la I+D+i entre grupos de investigación procedentes de diferentes Comunidades Autónomas orientando su actividad investigadora hacia objetivos comunes que permitan la obtención de resultados trasladables a la población. 

La presente actuación se dirige a la configuración de RICORS constituidas por un conjunto de grupos de investigación que tienen un objetivo de investigación común, concreto y alcanzable en virtud de la cooperación planteada dentro del periodo establecido de duración de la actuación.

Las RICORS tendrán la siguiente estructura:

  • Una persona coordinadora de la RICORS.
  • Una persona responsable de grupo, que actuará como investigador principal de cada grupo participante en la RICORS.
  • Grupos de investigación. Definidos como conjunto de investigadores que trabajan bajo la dirección de una persona que actúa como investigador principal, publican conjuntamente en el ámbito temático al que aplican y actúan coordinados en el desarrollo y ejecución de los programas científicos que integran la RICORS. Cada RICORS tendrá que incluir grupos procedentes de un mínimo de diez Comunidades Autónomas diferentes.
  • Grupo clínico asociado. Definido como grupo colaborador directamente relacionado con la actividad asistencial que sirva como facilitador de la actividad de transferencia de la investigación desarrollada en cada programa que conforme la red.
  • Una comisión de dirección. Estará compuesta por un número de personas adecuados a la estructura de la red y de la que formarán parte la persona coordinadora de la red, y representantes de al menos el 50% de los grupos de investigación. 
  • Un comité científico asesor externo, que asesorará e informará periódicamente sobre las actividades de la red. 

Cada RICORS tendrá que incluir grupos procedentes de un mínimo de diez Comunidades Autónomas diferentes. 
Los grupos de investigación deberán contar con un mínimo de cuatro personas investigadoras, incluida la persona que actúe como investigador principal, y los miembros del mismo deben ser o haber sido investigadores principales o colaboradores de proyectos de investigación del Plan Estatal de I+D+I y/o internacionales en concurrencia competitiva en los últimos cinco años.
Los programas se podrán vincular empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria. 
 

 

Las siguientes personas jurídicas, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud:

  • Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
  • Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial o sin ella: Hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores y unidades de la Administración sanitaria.
  • Las entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS.
  • Los OPI (Organismos Públicos de Investigación). 
  • Las universidades públicas, los institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  • Otros centros públicos de I+D, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.

Cada RICORS tendrá que incluir grupos procedentes de un mínimo de diez Comunidades Autónomas diferentes. 

Los grupos de investigación deberán contar con un mínimo de cuatro personas investigadoras, incluida la persona que actúe como investigador principal, y los miembros del mismo deben ser o haber sido investigadores principales o colaboradores de proyectos de investigación del Plan Estatal de I+D+I y/o internacionales en concurrencia competitiva en los últimos cinco años.

Los programas se podrán vincular empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria. 
 

Requisitos del IP: Los investigadores principales de los grupos de investigación que conformen la red deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral (incluidos los contratos Juan Rodés, Miguel Servet y Ramón y Cajal), como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.
  • No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación o de perfeccionamiento postdoctoral de cualquier naturaleza (contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva, o contratos de programas de las Comunidades Autónomas), ni un contrato Río Hortega de formación en investigación para profesionales que hayan finalizado la FSE.

Requisitos de los investigadores: Los restantes miembros del equipo de investigación: tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades instituciones beneficiarias enumeradas anteriormente, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión. 
En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades que, cumpliendo los requisitos de entidad beneficiaria, carezcan de domicilio social en España. Este tipo de personal no podrá superar el 25% del total de los miembros del equipo. 
 

Documentación requerida: no tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión

  • Formulario de solicitud. Deberá presentarse uno por cada grupo.
  • Currículum Vitae Abreviado (CVA), generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio, de la persona coordinadora general de la RICORS así como de las personas que actúen como investigadores principales.
  • Historial científico-técnico de los grupos que conforman la Red, que contenga el listado de integrantes de los grupos y su estructura, junto con la relación depublicaciones, proyectos y patentes de los últimos 5 años. Deberá presentarse un historial por cada grupo de investigación cumplimentado en inglés.
  • Memoria de actividades de coordinación que deberá cumplimentarse en inglés y presentarse por el coordinador de red.
  • Memoria del programa de investigación sobre el que se estructura la RICORS.
  • Memoria presupuestaria, en modelo normalizado, que deberá presentarse por cada grupo

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

  • Autorización de la entidad de adscripción de colaboradores.
  • Documento normalizado que acredite la participación de los miembros del equipo en proyectos de investigación. Deberá presentarse uno por cada grupo.
  • En su caso, documentación que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de la investigación realizada.

Criterios de evaluación: 
Valoración de los grupos de investigación: hasta 35 puntos.
Se valorará: historial científico-técnico y estructura de los grupos; valor añadido que aporta el grupo
Valoración de la propuesta: hasta 65 puntos.
 

Tres años
5.800.000€/año
+ Info
Guía de ayuda (pendiente de publicación)
Preguntas frecuentes (pendiente de publicación)
Modelos normalizados (pendientes de publicación)