INCORPORACIÓN DE NUEVOS GRUPOS AL CONSORCIO CIBER 2021

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06/04/2021
INCORPORACIÓN DE NUEVOS GRUPOS AL CONSORCIO CIBER 2021
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Añadir al calendario 2021-04-06 02:00:00 2021-04-27 02:00:00 INCORPORACIÓN DE NUEVOS GRUPOS AL CONSORCIO CIBER 2021 Ayudas para potenciar y fortalecer el Consorcio CIBER con dos medidas: por un lado, ampliando su estructura de I+D+I a través de la creación de una nueva área temática (Enfermedades infecciosas), conformadas por grupos de investigación que se incorporan al Consorcio CIBER con el fin de establecer programas de investigación conjuntos y, por otro, mediante la incorporación de nuevos grupos a los programas científicos que desarrolla actualmente el CIBER. Áreas temáticas: •    Enfermedades infecciosas (46 grupos) •    Bioingenería, Biomateriales y Nanomedicina (1 grupo). •    Enfermedades respiratorias (3 grupos). •    Cáncer (2 grupos).   Location Navarrabiomed info@navarrabiomed Europe/Madrid public

Ayudas para potenciar y fortalecer el Consorcio CIBER con dos medidas: por un lado, ampliando su estructura de I+D+I a través de la creación de una nueva área temática (Enfermedades infecciosas), conformadas por grupos de investigación que se incorporan al Consorcio CIBER con el fin de establecer programas de investigación conjuntos y, por otro, mediante la incorporación de nuevos grupos a los programas científicos que desarrolla actualmente el CIBER.

Áreas temáticas:
•    Enfermedades infecciosas (46 grupos)
•    Bioingenería, Biomateriales y Nanomedicina (1 grupo).
•    Enfermedades respiratorias (3 grupos).
•    Cáncer (2 grupos).
 

Podrán participar como entidades solicitantes las citadas a continuación, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, conjuntamente con el Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, si bien la entidad beneficiaria de esta actuación será CIBER, consorcio en el que se integrarán las entidades solicitantes de los grupos que resulten seleccionados: 

  • Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
  • Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial o sin ella: Hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores y unidades de la Administración sanitaria.
  • Las entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS.
  • Los OPI (Organismos Públicos de Investigación). 
  • Las universidades públicas, los institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  • Otros centros públicos de I+D, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.

Requisitos del IP: Los investigadores participantes no podrán figurar en más de una solicitud. 

Requisitos de los investigadores: A los efectos de esta actuación, se entiende por grupo de investigación el conjunto de personas investigadoras agrupadas en torno a un investigador principal (líder del grupo) que colaboran en el estudio de una temática homogénea y que hayan colaborado conjuntamente, durante los últimos 5 años, en proyectos de investigación financiados en convocatorias nacionales o internacionales y posean un registro de publicaciones de calidad contrastada y/o en el desarrollo de patentes.
Para ser considerado como miembro del grupo, cada investigador ha de acreditar al menos dos publicaciones/patentes conjuntas y un proyecto de investigación financiado en concurrencia competitiva en convocatorias nacionales o internaciones con el investigador principal.

No podrán participar en esta convocatoria los grupos que hayan sido discontinuados del Programa CIBER por Resolución de la Dirección del ISCIII. No será aplicable si la solicitud se cursa para la participación del grupo en un área temática distinta a la que se encontraba adscrito.

Aquellos investigadores que participen alguna estructura cooperativa (Consorcios CIBER y CIBERNED) no podrán participar en esta actuación. En este sentido se penalizará el intento de fraccionamiento de los grupos para participar en diferentes áreas temáticas de CIBER.
La presentación de una solicitud para la incorporación a CIBER es incompatible con la presentación de una solicitud a RICORS
 

Documentación requerida: no tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión

  • Formulario de solicitud suscrito por el representante legal de la entidad.
  • Currículum Vitae Abreviado (CVA), generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVA del investigador principal.
  • Historial científico-técnico del grupo de investigación, que contenga el listado de integrantes del grupo y su estructura, la relación de publicaciones, proyectos y patentes de los últimos 5 años.
  • Memoria de actuaciones del grupo a realizar en su incorporación a CIBER, referida a alguno de los descriptores relacionados en el Anexo 2, en el modelo normalizado correspondiente a la AES 2021Memoria presupuestaria, en modelo normalizado, que deberá presentarse por cada grupo

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

  • Documento normalizado que acredite la autorización del centro beneficiario para presentar la solicitud y su compromiso de incorporar al grupo en caso de que la misma resulte concedida firmado por el representante legal de CIBER.
  • Si la institución solicitante no forma parte del Consorcio previamente, declaración del representante legal en la que se comprometa en nombre de la institución que representa, en caso de resultar seleccionado el grupo de investigación, a adherirse al convenio de creación del Consorcio y a la aceptación de sus Estatutos una vez resuelto el procedimiento.

Criterios de evaluación

Valoración de los grupos de investigación: hasta 55 puntos. Se valorará: méritos curriculares del jefe del grupo de investigación; historial científico técnico y estructura de los grupos; trayectoria colaborativa contrastada o potencial del grupo; complementariedad con las líneas del área temática a la que solicita su incorporación; valor añadido que aporta el grupo

Valoración de la propuesta: hasta 45 puntos. Se valorará: la calidad, relevancia e interés para generar mejoras en el área temática específica y la capacidad de generar sinergias y de traslación clínica y epidemiológica
 

+ Info
Guía de ayuda (pendiente de publicación)
Preguntas frecuentes (pendiente de publicación)
Modelos normalizados (pendientes de publicación)